
La Certificación de Discapacidad y Registro para la Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad consta de una valoración clínica que determina que una persona tiene alguna discapacidad, según el análisis de su estructura corporal, psicológica, limitaciones en el desarrollo de actividades y restricciones que pueda tener.
Este mecanismo registra la información con el objetivo de caracterizar y certificar a las personas con discapacidad por lo que se consolida en la fuente oficial de información sobre personas con discapacidad en Colombia.
En la Resolución 1239 de 2022 del Ministerio de Salud se menciona que la certificación de discapacidad es un procedimiento que parte del auto reconocimiento de la persona interesada, por lo que el trámite de solicitud debe ser realizado directamente por la persona a certificar, o por otra persona, acreditado el interés de ser certificado (a).
Tenga en cuenta que este certificado es intransferible y solo puede expedirse por instituciones prestadoras de servicios de salud autorizadas por la Secretaría Distrital de Salud. Además de que es un proceso totalmente gratuito para los usuarios y no requiere de intermediarios.
Trámite para solicitar la valoración de certificación
- El usuario interesado debe contar con una copia del documento de identificación en PDF. Si es menor de edad, una copia en el mismo formato de la tarjeta de identidad y/o el registro civil de nacimiento.
- En caso de menores de edad bajo protección, la persona que realiza el trámite debe anexar su documento de identidad y el documento que acredite la representación legal del solicitante.
- Copia escaneada de la historia clínica que contenga el diagnóstico relacionado con la discapacidad. Este documento debe ser emitido por el médico tratante de la institución de salud de la red de la EPS a la que se encuentra afiliado.
- Copia escaneada de los exámenes de diagnóstico de discapacidad -exámenes de laboratorio o radiografías-.
- Si requiere valoración domiciliaria, es necesario aportar orden expedida por el médico tratante, en la cual especifique la modalidad domiciliaria para la valoración.
- Copia de recibo de servicios públicos del lugar de residencia del solicitante o certificado de residencia expedido por la Secretaría de Gobierno.
- Si la persona a ser certificada se encuentra afiliada al sistema de salud en un municipio, departamento o distrito diferente a Bogotá, debe adjuntar documento de portabilidad emitido por la EPS a la que se encuentra afiliado.
- En caso de que el usuario esté inscrito en el RUV o tiene Resolución de reconocimiento como víctima del conflicto armado, puede solicitar el procedimiento en cualquier municipio del país presentando el documento correspondiente.


Canales donde se puede radicar la documentación
- Ventanilla Única Digital de Trámites y Servicios SDS.
- Secretaria Distrital de Salud, carrera 32 número 12-81, de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 4:30 p. m.,
- IPS asignada, la cual tiene un plazo máximo de 10 días hábiles para comunicarse, asignarle la cita y realizar la valoración multidisciplinaria.
Solicitud de valoración de segunda opinión
Si al recibir los resultados se siente inconforme puede acceder a una segunda opinión. Puede hacer la solicitud en la Secretaría de Salud, a través de la ventanilla de atención al ciudadano de la Secretaría, en la oficina de radicación. De lunes a viernes, de 7:00 a. m., a 4:00 p. m.
En caso de que la primera valoración se hubiera realizado en un municipio diferente a Bogotá (debe anexar toda la documentación especificada en el trámite de solicitud de valoración por primera vez).
Cómo y por qué se solicita la actualización del certificado
Debe realizar la solicitud a la Secretaría en la ventanilla de atención al ciudadano. En la solicitud se debe especificar el motivo de la actualización, como, por ejemplo:
- Cuando el menor de edad certificado cumpla seis años.
- En caso de que el menor de edad certificado cumpla dieciocho años.
- Cuando el médico tratante modifique positiva o negativamente la condición de salud de la persona.
- En el caso de menores que fueron certificados con registro civil al cumplir seis años de edad y que cambiaron su documento a tarjeta de identidad al cumplir siete años.
- Cuando hay cambios en los datos personales, de residencia o de contacto de la persona certificada.
Acceso de copia de certificado de discapacidad
En el caso de los menores de edad se debe hacer la solicitud a la Secretaría a través de los siguientes canales; correo electrónico: contactenos@saludcapital.gov.co y/o en la ventanilla de atención al ciudadano.
Quien realiza el trámite debe adjuntar el documento de identidad y el registro civil de nacimiento del menor, donde conste que es titular de la certificación.
En el caso de los mayores de 18 años certificados se debe ingresar a la página www.miseguridadsocial.gov.co y realizar el registro correspondiente. Luego de realizar la inscripción, podrá dirigirse a la página https://web.sispro.gov.co/, en la opción Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, Descargar mi Certificado de Discapacidad.
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