
Ante el llamado de la comunidad luego de presenciar a una persona con un tiburón en su poder en la playa de Los Almendros, San Andrés y Providencia, las autoridades lograron la captura del sujeto por delitos de aprovechamiento ilícito de recursos naturales.
La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Coralina) junto con la subdirección de Mares y Costas y el área de Control y Vigilancia, atendieron el caso en el que se detiene al ciudadano.
Johnny Walker Cárdenas, coordinador de Control y Vigilancia de Coralina, informó que se hizo la indagación y se identificó a una persona que había hecho una captura de espécimen de tiburón Nodriza hembra (Ginglymostoma cirratum), “a través de un sistema en el que tenía amarrado por la cola, y había cercenado parte de la cabeza del animal”, aseguró.

“Es una contradicción ambiental, el tiburón está protegido a nivel nacional. Se hizo la captura en el área marina protegida en la playa de los Almendros, zona que está prohibida para este tipo de actividades”, agregó el funcionario.
Con ayuda de la Policía Nacional se logra la detención del ciudadano quien es puesto a disposición de la Fiscalía General de la Nación por delitos de aprovechamiento ilícito de recursos naturales.
De esta manera, Coralina recuerda que está prohibido este tipo de actividades que implique cualquier contacto con las especies marinas, que están estipuladas en el Acuerdo 002 de 2019; que resalta el uso de los recursos hidrobiológicos, debe ser con fines turísticos y recreativos, sólo que no implique contacto directo.
Desde la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina se recordó personas que para la protección de la fauna marina, no se deben realizar malas prácticas ambientales. También, recordó las sanciones a las que se pueden ver enfrentadas las personas que realicen este tipo de prácticas, entre las que se encuentran, por ejemplo, meses de prisión, multas y decomisos del material o de los botes.

- Multa por infringir la ley 1801 del 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia ciudadana en el título IX Cap. Artículo 101 Numeral 9 de la Policía Nacional.
- Violación de los usos permitidos en la Zonificación del Área Marina Protegida Seaflower, conocida como Distrito de Manejo Integrado del Área Marina Protegida de la Reserva de Biosfera Seaflower en el Acuerdo 002 de 2019; violación a los periodos de veda y/o afectación recursos naturales e incumplimiento de normatividad ambiental emitida por la corporación, como por ejemplo la prohibición de cebado de animales marinos (aplicación de la Ley 1333 de 2009 Procedimiento Sancionatorio ambiental - CORALINA).
- Sanción por el uso de artes de pesca prohibidas en el departamento y por realización de actividades de pesca ilegal y/o violación de periodos de veda.
- En caso de que se capture una persona en flagrancia, infringiendo la normatividad, se podrá decomisar no solo el material con el cual se infringe la ley, sino a su vez los vehículos, o bienes, por ejemplo: botes o similares.
- La caza y pesca ilegal se encuentra protegida en todo el territorio nacional tipificada como delito, según el Artículo 328 de la ley 1453 del 2011, por medio del cual se establece multa de hasta por 35.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y privación de la libertad de 48 a 108 meses.
- Atentar contra los tiburones va en contra de las órdenes de los Jueces y de sus fallos de primera y segunda instancia, propiciados por el Tribunal Contencioso Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina por la Acción Popular para la protección de los tiburones.
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