
En la mañana de hoy, la Corte Suprema de Justicia negó la tutela interpuesta por el abogado Diego Cadena con la que pretendía anular la sanción en su contra, que lo inhabilita para ejercer por tres años tras sobornar testigos en el caso que se adelantaba contra el expresidente de Colombia Álvaro Uribe Vélez.
En la tutela el jurista hace referencia a la sanción proferida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá el 14 de septiembre del año pasado, debido al ofrecimiento de sobornos a un grupo de testigos para que se retractaran de las acusaciones contra Álvaro Uribe Vélez y su hermano, Santiago.
En el proceso contra el abogado, la Comisión Seccional “admitió y valoró como prueba demostrativa de la responsabilidad disciplinaria de Diego Javier Cadena Ramírez, grabaciones de audio y video tomadas subrepticiamente por el detenido Juan Guillermo Monsalve”.
Con estas pruebas, el ente acusador culpó a Cadena de “lograr un cambio de versión por parte de los testigos dentro del proceso penal adelantado contra el hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez”, esto luego de visitar la Cárcel La Picota de Bogotá y ofrecerle beneficios a Monsalve a cambio de que él se retractara de sus declaraciones contra Santiago Uribe Vélez.

Sin embargo, Cadena argumenta que parte del material probatorio que usó el tribunal para sancionarlo estaba alterado, por lo que la penalización debía declararse nula por “admitir, incorporar y valorar pruebas ilícitas”.
La magistrada Marjorie Zúñiga Romero de la Sala de Casación Laboral, rechazó la tutela interpuesta por Cadena en la que argumentaba que se debían proteger sus derechos fundamentales a la presunción de inocencia, al buen nombre, al debido proceso, intimidad y acceso a la administración de justicia.
Frente a esto, la autoridad indicó que las grabaciones, aunque fueran tomadas sin el consentimiento de Diego Cadena, se tratan de una prueba legal y constitucional debido a que no compromete el derecho a la intimidad de las personas.
Zúñiga agregó: “El abogado lo que pretende es una nueva intervención judicial, para obtener la postura que sea resuelta en su favor y acorde a sus intereses y que olvida que el hecho de no coincidir con el criterio de la autoridad judicial a quien la ley le asignó competencia para resolver la controversia en ningún momento invalida su actuación y mucho menos la hace susceptible de ser modificada por vía de tutela”.
Por otra parte, Diego Cadena está a la espera que se resuelva el recurso de apelación que interpuso contra el fallo inicial que lo sancionó por tres años y lo obliga a pagar diez salarios mínimos de multa.
Cabe recordar que Cadena también es sindicado de sobornar al ex paramilitar Carlos Enrique Vélez, alias ‘Víctor’, a quien le habría ofrecido rabajadoras sexuales, 200 millones de pesos y asesoría jurídica para que cambiara su versión en el proceso contra los hermanos Uribe.

¿Qué pasó con el caso de Uribe?
El exsenador del Centro Democrático y expresidente de Colombia es investigado desde el 2018 por la Corte Suprema de Justicia por supuesto soborno a testigos y fraude procesal.
La investigación se da luego de que Iván Cepeda acusara a Uribe Vélez de enviar emisarios a las cárceles del país para que les dieran dádivas o beneficios a algunos exparamilitares a cambio de que negaran los nexos del expresidente con estos grupos armados y sindicaran a Cepeda de fabricar falsos testimonios.
Tras varios años de litigio, la Fiscalía solicitó precluir el caso contra Uribe Vélez por el delito de soborno de testigos, por segunda vez; sin embargo, el pasado 23 de mayo, la Juez 41 de Conocimiento de Bogotá decidió no precluirlo.
“Contrario a lo aseverado por el fiscal, sí existen elementos probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida que permite afirmar con probabilidad de verdad que la conducta delictiva de soborno sí ocurrió, y que el doctor Uribe puede tener la condición de partícipe”, dijo la jueza en medio de la audiencia.
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