
El exalcalde de Barranquilla Bernardo Hoyos Montoya debe ser trasladado de su casa a la prisión de El Bosque luego de que se le revocó la medida de aseguramiento domiciliaria en el cumplimiento de su condena. Pero en un primer intento, logró evadir el cambio de lugar de detención por un dictamen médico.
El “cura Hoyos”, como es conocido el exmandatario de la capital del Atlántico, fue condenado a siete años de cárcel por haber entregado irregularmente un contrato de 1.490 millones de pesos a Fernando Jorge Thorne, los cuales pagó sin que se hubieran terminado las obras. Más aún, cuando volvió a ser elegido alcalde autorizó que se pagaran rubros pendientes que alcanzaron 2.690 millones por intereses.
Tras ratificarse su condena, el juzgado Quinto de Ejecución de Penas de Barranquilla decidió revocar la prisión domiciliaria el 5 de mayo. Una vez notificado, el Inpec intentó realizar el traslado del condenado exalcalde a la prisión pero no fue posible, al llegar le dijeron a las autoridades que estaba postrado en cama por afecciones de salud, según conoció Blu Radio.
Hoyos Montoya deberá ser revisado por Medicina Legal para acreditar su situación médica por, según manifestó, depresión e hipertensión arterial que le impiden ser trasladado a la cárcel. Él tiene 83 años y aunque trató de evitar la condena y la prisión, el juzgado no acogió sus alegatos.
En septiembre de 2022, Hoyos interpuso una solicitud de prescripción que buscaba que se revisará la condena a 10 años que se le impuso en 2013, por irregularidades en la compra de un lote para construcción de viviendas de interés social, pero fue negada por la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia.
En este caso lo hallaron culpable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación, sin embargo, de acuerdo con el argumento que presentó Hoyos, era importante la revisión del caso de un ente judicial superior al que lo condenó, pues con el segundo delito, en primera instancia el Tribunal Superior de Barranquilla lo halló inocente y en la segunda, reversó la decisión.
En este sentido, el cura hizo una petición alegando el derecho de doble conformidad, que de acuerdo con la ley colombiana es la exigencia de “una segunda opinión de un juez sobre la primera sentencia condenatoria de un procesado en la jurisdicción penal”, pero al ser una figura relativamente joven en la jurisprudencia del país solo es aplicada a casos puntuales y debe ser revisada de forma directa por el Congreso.
En este sentido, como señaló El Tiempo, la Corte Constitucional mencionó en el fallo que se ratificaba la condena ya dictada por el respectivo organismo judicial y que “solo el Congreso puede regular y garantizar el derecho a la doble conformidad en materia penal para casos anteriores desde la Constitución de 1991, en la cual se consagró en el ordenamiento jurídico interno ese derecho”.
El exalcalde de la capital del Atlántico tiene otros procesos legales en curso. En septiembre del 2022 la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de siete años que le fue impuesta a Hoyos junto a Guillermo Hoeninsberg tras ser acusados de corrupción en lo que respecta a la remodelación de la antigua sede del Banco de la República.
En 1996, las obras fueron entregadas. Para ese momento, el alcalde era Edgard George. Es de resaltar que en 1994, además, se había realizado un ‘contrato accesorio’ que involucraba a la misma obra de $1.495 millones bajo modalidades unilaterales.
Debido a las irregularidades, en el fallo de 121 páginas de la Sala Penal se expuso que: “No cabe duda de que actuaron como bancada, persiguiendo un fin común que los beneficiaría a todos, como en efecto así ocurrió, al lograr que se materializara la prescripción de la acción penal”.
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