
La Corte Constitucional determinó que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) tendrá dos meses para realizar un acto de reconocimiento al pueblo wayuu como sujeto de derechos para participar en la planeación, desarrollo e implementación de la política pública encaminada a garantizar los derechos fundamentales de la niñez indígena.
Esto lo decidió la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017, en la cual se declaró el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en relación con el goce efectivo de los derechos fundamentales a la alimentación, a la salud, al agua potable y a la participación de la niñez wayuu en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, departamento de La Guajira.
En dicha sentencia, la Corte Constitucional evidenció la muerte de más de 4.000 niños, niñas y adolescentes, en los últimos ocho años, por enfermedades relacionadas a la desnutrición, por esa razón, se ordenó la creación de un plan de acción en seis meses que lograra: adoptar las medidas necesarias para preservar la vida y la integridad personal de los niños y niñas de las comunidades afectadas.
La Sala de Seguimiento, integrada por la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera y los magistrados Alejandro Linares Cantillo y José Fernando Reyes, estableció que pese a que el Icbf realizó un evento de reconocimiento en mayo de 2022, “la actividad no superó un estándar de satisfacción y efectividad”.
De acuerdo con los magistrados, en el evento no se mencionaron las fallas que impiden un relacionamiento efectivo con esta etnia y la forma de resolver los obstáculos, ni tampoco el alcance de la convocatoria, la representatividad y calidad de los indígenas que asistieron al evento.
En este contexto, la nueva actividad que el Icbf deberá realizar no podrá consistir en una rendición de cuentas ni en un listado de las actividades que desarrolla la entidad en la región. En cambio, deberá transmitir certeza sobre el respeto por la diferencia sociocultural del pueblo wayuu y sus prácticas ancestrales.
Así las cosas, el acto de reconocimiento deberá:
• Contar con la presencia de las autoridades, líderes o representantes indígenas de los cuatro municipios, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación y la Veeduría Ciudadana para la Implementación de la Sentencia T-302 de 2017.
• Hacer explícitas las obligaciones de respetar, garantizar, proteger y promover los derechos humanos del pueblo wayuu a la luz de la jurisprudencia constitucional y los tratados internacionales
Con una población de al menos 270.000 personas, los wayuu son el grupo indígena más numeroso de Colombia. Casi todos viven en áreas rurales o poblados pequeños; sus fuentes de alimentos y de ingresos tradicionalmente han sido la agricultura de subsistencia, la búsqueda estacional de alimentos, la cría de cabras o la pesca. Muchos otros trabajan en el sector de turismo o en la minería de sal.
Una encuesta gubernamental sobre nutrición, realizada en 2015, concluyó que el 77% de las familias indígenas de La Guajira están afectadas por la inseguridad alimentaria; es decir, que no cuentan con un acceso seguro y permanente a alimentos de calidad en cantidades suficientes para una vida saludable y activa.
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