
El Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT) que, desde que fue creado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) en el 2004, ha atendido hasta el momento a 11,618 personas, es un fondo económico que cubre los gastos médicos o de sepelio a las víctimas de accidentes de tránsito causados por vehículos no identificados y cuyos conductores se dan a la fuga
Si no conoces cuáles son sus beneficios, a continuación te orientamos cómo hacer los trámites para acceder a este Fondo en caso tu o un familiar sean víctimas de un accidente de tránsito: Los beneficios que otorga el Fondo únicamente pueden ser reclamados dentro del plazo de un año, el mismo que se computará a partir de la fecha indicada en el cargo de la comunicación por escrito que los establecimientos de salud realicen a la víctima o a sus beneficiarios, según corresponda. También aplica para extranjeros.
Para acceder al beneficio se debe reportar el caso a través del formulario Fondo SOAT y CAT, ingresando al siguiente enlace, y se adjunta la denuncia policial para que sea evaluado. El trámite es gratuito y se puede acceder virtualmente a nivel nacional. Una vez aprobado el caso, el beneficiario deberá presentar la documentación en la sede principal del MTC, ubicada en Jr. Zorritos 1203, Cercado de Lima; y en los Centros Desconcentrados Territoriales (CDT) que se encuentran en las principales ciudades.
Los beneficios podrán ser solicitados por la víctima o por el cónyuge, hijos mayores de edad, padres, hermanos o representante legal. Para mayor información pueden llamar a los teléfonos: 615-7800 anexo 1209 o 934233514. También escribir al correo: fondosoat@mtc.gob.pe. Es posible presentar la documentación en forma virtual siempre y cuando los comprobantes que sustentan el gasto sean electrónicos.

¿Qué gastos cubre?
En caso de gastos médicos, el reembolso llega hasta los S/ 23,000 (5 UIT) por persona, para cubrir los gastos de atención hospitalaria, quirúrgica, farmacéutica y otros que son necesarios para el tratamiento y rehabilitación de la víctima.
Ello se realiza mediante reembolso al beneficiario o directamente al centro de salud que atendió a la víctima. En el caso de gastos de sepelio, cuya cobertura es hasta S/ 4,600 (1 UIT) por persona, se cubren los gastos de ataúd, cremación, tumba, nicho o urna, capilla ardiente o carroza.
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