
Definitivamente, el canto del gallo no constituye un ruido molesto para los vecinos en la campiña, dictaminó este jueves el tribunal de apelaciones de Chambéry (sureste de Francia), anulando una sentencia en primera instancia, informó una fuente judicial.
Daniel Bauquis, un agricultor de la localidad de Saint-Sylvestre (Alta Saboya), había sido declarado culpable en julio de 2019 por el tribunal de instancia de Annecy de “disturbios anormales en el vecindario” por las molestias que provocaban a una pareja el canto emitido desde su gallinero. En su momento presentó apelación.
Su abogada, Patricia Lyonnaz, alegó ante el tribunal de apelaciones que se trataba de “un inconveniente normal”, apoyándose también en que el gallinero en cuestión ya existía desde hacía mucho tiempo cuando los vecinos se mudaron a la casa colindante, en la década de 1990.
En enero pasado, el Parlamento aprobó un texto de ley que protege al “patrimonio sensorial de la campiña”, lo que incluye “sonidos y olores” propios del medio rural. Sin embargo, esta ley no era aplicable cuando se dictó la sentencia en primera instancia puesto que no existe la retroactividad.

El propietario de los dos gallos en Saint-Sylvestre había sido condenado a pagar más de 4.000 euros en concepto de multas y daños a los vecinos, que presentaron una denuncia e hicieron que un agente judicial registrara el ruido. “37,9 decibelios registrados”, según recordó Bauquis.
El caso causó un gran revuelo en el pueblo y se lanzó una petición de apoyo a Daniel Bauquis con miles de firmas. Incluso el alcalde de la localidad, Pierre Froelig, acudió al rescate del campesino en nombre de la preservación del estilo de vida rural. “Ya hay suficientes historias de este tipo. La gente que viene a vivir aquí debe darse cuenta de que estamos en el campo”, dijo Froelig.
En su apelación, Bauquis estimaba que el caso del gallo Maurice en 2019 había sentado un precedente. Ese animal, que vive en la isla de Oleron, fue acusado por los vecinos de cacarear demasiado fuerte pero los tribunales acabaron dándole la razón, obligando a los demandantes a pagar 1.000 euros de indemnización a sus propietarios y a pagar las costas judiciales.
(Con información de AFP)
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