
Un nuevo requisito estará bajo el radar del Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues con el uso del sistema de facturación electrónica CFDI 4.0, que será obligatorio a partir del 1 de abril de 2023, el contribuyente deberá especificar su domicilio actual correctamente.
Es decir, la dirección y código postal que proporcionen los empleados a sus patrones deberá estar actualizada en su recibo de nómina bajo la versión 4.0 de la factura electrónica y tendrá que coincidir con la que tiene el fisco en la Constancia de Situación Fiscal o de lo contrario, se hará acreedor a una multa.
En ese caso, las personas que requieran hacer la modificación de su domicilio podrán hacer el ajuste de manera sencilla a través de una plataforma especial de internet que habilitó el SAT.

Pero ¿Cuál es la multa por no tener su domicilio fiscal correcto?
De acuerdo con el artículo 80 del Código Fiscal de la Federación, se trata de multas que van de los 3 mil 870 pesos a los 11 mil 600 pesos para aquellos contribuyentes que no cuenten con el domicilio fiscal actualizado, aunque dependerá de cada caso y según determine el fisco aplicar la sanción.
El cambio podrán solicitarlo aquellas personas que establezcan su domicilio fiscal en lugar distinto al último manifestado en el Registro Federal de Contribuyente (RFC), además de aquellos que requieran actualizar datos que no impliquen un cambio de ubicación, como teléfono fijo, teléfono móvil, correo electrónico, tipo de vialidad, tipo de inmueble, referencias adicionales, características del domicilio, o entre calles, así como en los casos de cambio de nomenclatura o numeración oficial.
¿Cómo hacer el cambio en línea?
*El contribuyente tendrá que ingresar a la siguiente plataforma digital. Aquí
*Registrar los datos de su firma electrónica (e.firma).
*Luego deberá capturar en el formulario que se despliega, la información del domicilio que se va a actualizar.
*Confirmar los datos capturados para que se genere el “aviso de actualización o modificación de situación fiscal”
*Seleccione el botón “confirmar”.
*Nuevamente tendrá que digitar los datos de su e.firma y enviarlos al SAT.
*Imprima el acuse de actualización de situación fiscal.

Este procedimiento deberá llevarse a cabo dentro de los 10 días siguientes al cambio de domicilio.
Será necesario recordar que las personas físicas que se encuentren en suspensión por defunción, así como aquellas que no hayan proporcionado la información suficiente relacionada con su identidad, domicilio y en general sobre su situación fiscal, no podrán realizar el cambio de domicilio por Internet. En ese caso, tendrán que presentarlo en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente.
En caso de que se genere un aviso de presentación inconclusa durante el proceso, deberá acudir a las oficinas del SAT con previa cita para poder iniciar el trámite.
Hay que recordar que la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) ya será obligatoria para la emisión de facturas electrónicas o recibos de nómina en el sistema de facturación electrónica.
La constancia detalla los datos de identidad del contribuyente, ubicación y características fiscales. De ese modo, tanto las personas físicas como morales (empresas) podrán conocer el estatus que tienen ante la autoridad fiscal.
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