
Todos los contribuyentes deberán cumplir con una serie de obligaciones fiscales, para llevar un orden y evitar problemas o sanciones futuras con el fisco. Sin embargo, en esta ocasión nos enfocaremos a aquellas personas que deberán de cumplirlas pero bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Hay que recordar que el RESICO es una simplificación para que el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) se pueda aplicar de una manera más sencilla y va dirigido a las personas físicas que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos facturados.
Su finalidad es reducir las tasas de este impuesto (ISR), para que aquellos que tengan pocos ingresos, paguen menos. De ese modo, ya no será deducido por cada ingreso de forma individual, ahora pagará la parte proporcional.
Además, deberán pertenecer a alguno de los siguientes regímenes fiscales que conforman el RESICO y son: actividades empresariales y profesionales; régimen de Incorporación Fiscal; uso o goce de bienes inmuebles (arrendatario); actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

Hay que destacar que, las personas asalariadas no pueden formar parte de este régimen, es decir, se mantendrán bajo el régimen de sueldos y salarios.
A esta modalidad se pueden sumar también las personas morales con ingresos menores a 35 millones de pesos, cuyos socios sean personas físicas. De acuerdo con el SAT, hay un registro de 2.1 millones de micro y pequeños negocios cuyos ingresos brutos al año no exceden de 35 millones de pesos, lo que representa 96% del total de personas morales que serán beneficiadas al incorporarse a este nuevo régimen.
Este nuevo régimen tiene el objetivo de otorgar mayor liquidez a las personas morales. Es decir, pretende que las empresas tengan mayor cantidad de efectivo para sus gastos inmediatos.

Sin embargo, las personas adheridas al RESICO también deberán tener en cuenta las obligaciones más importantes, con el objetivo de evitar multas o sanciones futuras.
¿Cuáles son las principales obligaciones?
-Contar con su incorporación al Registro Federal del Contribuyente (RFC).
-Generar su firma electrónica (e.firma)
-Activar su Buzón Tributario
-Expedir Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), de los gastos efectivamente pagados
-Presentar las declaraciones mensuales de ISR e IVA
-También presentar su declaración anual
Además, será necesario detallar que a partir de 2022, las personas que se encuentren en este nuevo esquema estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5 % de sus ingresos. Debido a estas pequeñas tasas de pago de ISR, los contribuyentes no podrán deducir ningún tipo de gasto.
Esto en razón de que, aun existiendo las posibilidades de deducción, la tasa efectiva del impuesto sobre la renta (ISR) a personas físicas fue de 25.4% durante 2020, lo cual representa diez veces más que la tasa máxima del Régimen Simplificado de Confianza.
El nuevo Régimen Simplificado de Confianza utilizará como base los ingresos facturados y cobrados, lo que permitirá disminuir la labor contable del contribuyente sin que requiera el apoyo de terceras personas.
El SAT como anualmente lo realiza, hará los cálculos y ofrecerá la declaración anual precargada que estará prácticamente lista, solamente para ser cotejada y pagar.
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