
El pasado 13 de abril, el Instituto Nacional Electoral (INE) dio a conocer que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) denunció a su homólogo: Morena y a su candidata a la gubernatura de Aguascalientes, Nora Ruvalcaba Gámez.
Esto habría ocurrido tras la difusión del promocional denominado NORA SPOT 4 (el cual se transmitió en televisión y radio), para el proceso electoral local que se encuentra en curso en esa entidad.
De acuerdo con los miembros del partido tricolor, dicho material “contiene afirmaciones y elementos calumniosos”.
Cabe señalar que en dicho spot, el cual circula en redes sociales, la candidata a la gubernatura de Aguascalientes expresa:

Al respecto, la Comisión electoral resolvió como “procedente la medida cautelar al considerar que la expresión “separados robaron…” no es genérica, ya que contiene la imputación de un posible delito que no encuadra dentro del concepto de opinión o crítica” y no se trata de la emisión de un juicio de valor por parte del partido, sino que de manera directa existe la imputación de hechos que podrían resultar delictivos o ilícitos” señala el comunicado del INE.
En consecuencia, se ordenó al partido Morena que sustituya el material en un plazo no mayor a tres horas a partir de su legal notificación.
Por medio de su cuenta de Twitter, la candidata Nora Ruvalcaba Gámez respondió a la notificación del INE:
Por su parte la titular de la Secretaría General de Movimiento Regeneración Nacional, Minerva Citlalli Hernández Mora, expresó su rechazo por la medida implementada por el instituto electoral e invitó a los usuarios de redes sociales a compartir el spot:
Cabe señalar que este no es el primer spot que el INE ordena retirar. El pasado 8 de abril, el Partido Acción Nacional (PAN) denunció a Movimiento Ciudadano (MC) por calumnia, derivado de la difusión del promocional denominado Contraste Aguascalientes, en su versión para radio y televisión, en perjuicio de la candidata blanquiazul a la gubernatura de la entidad María Teresa Jiménez.

Dicha denuncia fue analizada por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, quienes determinaron que era improcedente. Sin embargo, la Sala Superior del TEPJF revocó el acuerdo de improcedencia argumentando que existía “un riesgo que trasciende a la afectación mayor de un derecho o un principio sustancial en la materia electoral”.
Este “se debe tutelar a fin de evitar señalamientos que pueden incidir negativamente en el voto libre e informado”, pues en el spot figuraba la siguiente frase: “Si así robó como alcaldesa, imagínate como gobernadora”, la cual constituye preliminarmente la imputación de un delito o hecho falso en contra de la candidata del PAN.
Por lo que Movimiento Ciudadano tuvo menos de 12 horas para retirar el matrial audiovisual y sustituirlo con otro que tuviera elementos “genéricos”. El INE por su parte, se encargó de informar a los concesionarios que no difundieran el promocional por medio del Despacho de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos.
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