
Después de 10 horas de discusión, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó el 26 de octubre la Miscelánea Fiscal 2022.
Los legisladores aceptaron la propuesta íntegra, sin alterarla y sin introducir ninguna modificación. Esto significa que el próximo año se modificarán los incentivos fiscales que se ofrecen a las personas físicas en su declaración anual; una decisión que en las últimas semanas generó gran controversia porque reduce el monto que pueden deducir los ciudadanos cuando pagan impuestos ante el Servicio de la Administración Tributaria (SAT).
Entre otros conceptos, esta polémica medida afectará a las ventajas fiscales que se obtenían por las aportaciones voluntarias al retiro. Y para entender el cambio, es importante explicar el contexto.
Hasta ahora, al realizar la declaración anual, las personas físicas podían deducir gastos personales como costos hospitalarios, honorarios médicos, de enfermeras, de psicólogos o nutriólogos; también se incluían las prótesis, los lentes graduados, el transporte escolar, colegiaturas o los gastos funerarios. Así, cada vez que un ciudadano pagaba por alguno de estos servicios, pedía la factura obtenía descuentos en el Impuesto sobre la Renta (ISR) al momento de cumplir con sus obligaciones fiscales.
Sin embargo, el SAT establecía un tope a ese incentivo. Lo máximo que una persona física podía descontarse por esos conceptos era de 163,467 pesos (el equivalente a cinco UMAS elevadas al año o el 15% de los ingresos, lo que sea menor).

Esa cantidad, sin embargo, se refería únicamente a los gastos personales -citados anteriormente-, y no incluía otros estímulos fiscales, como el que se concede adicionalmente por donativos o por contribuciones o ahorro voluntario a la afore. Estos se calculaban a parte y se sumaban después al monto de 163,467 pesos.
En el caso de las aportaciones voluntarias al retiro, el SAT permitía a las personas físicas deducir del ISR un 10% de los ingresos acumulados cada año, sin exceder el equivalente a cinco UMAS elevadas al año. Es decir, de nuevo, el techo era de 163,467 pesos.
Esto quiere decir que entre gastos personales y ahorro voluntario al retiro, el contribuyente podía descontarse del ISR hasta 326,934 pesos mexicanos. A esto se sumaban también otras partidas, como las rebajas por donativos.
Con la reforma fiscal que aprobó esta semana la Cámara de los Senadores, esto desaparece. A partir de 2022, lo máximo que una persona física podrá deducir en su declaración anual son 163,467 pesos mexicanos y esta cuantía ya debe incluir los descuentos por las aportaciones voluntarias a la Afore, las contribuciones a sus planes personales de retiro y los donativos -que también se calculaban a parte-.
Es decir, ahora esas partidas estarán incluidas en la tabla de gastos personales, junto a honorarios médicos, gastos funerarios y otros costos generales, y se tendrán que sujetar a la limitante global de 163,467 pesos mexicanos. Esto reduce a la mitad el beneficio fiscal que obtenían hasta ahora los contribuyentes. Sí seguirán siendo deducibles, pero ahora el techo se encuentra mucho más bajo.
La medida desató una gran controversia y algunos detractores incluso calificaron la reforma de “terrorismo tributario”. Para los críticos, la medida castiga a las personas físicas, que son quienes más aportan al grueso de la recaudación. Para los defensores combatirá la evasión fiscal. Una finalidad un tanto cuestionable, ya que quienes aprovechaban estos incentivos no eran evasores fiscales sino contribuyentes cumplidos.
Principales aspectos de la Miscelánea Fiscal que terminarán de ser discutidos:
* RFC obligatorio a partir de los 18 años.
* Tope a las deducciones al ISR por donativos.
* Creación del Régimen Simplificado de Confianza.
* Tasa Cero del IVA a productos de gestión menstrual.
* Tasa Cero del IVA a alimentos no procesados para animales.
* El sector primario estará exento del pago de ISR en el Régimen de Confianza.
* Los bancos notificarán al SAT los depósitos en efectivo que reciban los clientes en sus cuentas, cuando estos sean superiores a 15,000 pesos.
* Habrá penas de cárcel para los contadores si no reportan posibles ilícitos fiscales de sus clientes.
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