
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) interpuso este miércoles una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de diversas disposiciones del decreto por el que se crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT).
A través de un comunicado señalaron que Adolfo Cuevas Teja, comisionado presidente del IFT, fue el encargado de tramitar la controversia en donde se argumentó que el organismo no cuenta con los recursos económicos suficientes para poner en marcha el Panaut con un cargo a su presupuesto anual, pues los recursos del instituto ya sufrieron un recorte y lo asignado para 2021 ya se encuentra comprometido.
De acuerdo con la reforma, el padrón deberá ser instalado, operado, regulado y mantenido por el instituto.

En este contexto, para el IFT este ordenamiento legal contraviene su autonomía presupuestal, consistente en llevar a cabo la planeación y ejercicio de los recursos que considera necesarios de forma autónoma, eficaz y oportuna en el marco de sus competencias.
Asimismo, explicó que el Congreso de la Unión afecta e invade la esfera competencial del IFT, concretamente a sus atribuciones regulatorias y de garante de derechos humanos, ya que le impide cumplir con su objeto constitucional contenido en los artículos 6 y 7; toda vez que le obliga a implementar un modelo regulatorio que condiciona el acceso a los servicios de telecomunicaciones y prevé la cancelación de líneas telefónicas móviles.
Cabe mencionar que el IFT ya había informado el pasado 15 de abril que la creación del PANAUT demandaría 109 millones de pesos de su presupuesto anual durante el primer año y otros 88 millones de pesos cada año posterior.
Además, afirmó que el padrón le requerirá la contratación de 150 funcionarios, que significarán una erogación de 150 millones de pesos a su presupuesto anual que ha sido recortado en dos ocasiones por los diputados.

El IFT no es la única entidad que decidió impugnar ante la SCJN la creación del padrón. Hace unas semanas, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) decidió presentar una acción constitucional, después de que los comisionados se manifestaran en contra del decreto.
En esa discusión, los comisionados coincidieron en que el padrón causa afectaciones a los Derechos Humanos de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales, y que no es necesaria la recolección de datos biométricos, pues ya existe el Registro Nacional de Población.
Con el objetivo de evitar delitos como extorsiones telefónicas o secuestros virtuales, el Congreso mexicano aprobó hace unas semanas la creación del llamado Panaut, una base de datos que recopilará la información de los propietarios de las 126 millones de líneas de telefonía que existen en el país.
“Se usan estas tarjetas (SIM) que eran anónimas, se cambiaban de chips y se utilizaban los teléfonos para cometer ilícitos […] Entonces, nada más es tener un registro para cuidar a la población. Es un asunto de seguridad”, aseguró hace unos días el presidente Andrés Manuel López Obrador durante su conferencia matutina.
Ahora cada titular de una tarjeta SIM deberá facilitar a su operadora telefónica, en un lapso de hasta dos años, su nombre, dirección, nacionalidad, número de documento de identidad con fotografía y datos biométricos: huellas dactilares, identificación de voz del cliente, su reconocimiento fácil o el escaneo de iris.
Sin embargo, y como era de esperarse, la nueva regulación detonó protestas tanto de especialistas como de usuarios al considerar que vulnera su privacidad, e incluso, su misma seguridad.
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