
En las últimas horas se conoció que la Corte Suprema de Justicia autorizó el pedido de extradición de Libia Amanda Palacio, mujer que fue capturada con Álvaro Córdoba, hermano de la senadora del Pacto Histórico Piedad Córdoba, que también fue solicitada por el Gobierno de los Estados Unidos.
En el caso de Libia Amanda Palacio, pedida por el Gobierno estadounidense por los delitos de narcotráfico y porte ilegal de armas, el alto tribunal expidió un concepto mixto en el que vio favorable el pedido por el delito de tráfico de estupefacientes, pero rechazó la solicitud por los cargos de posesión de ametralladoras y dispositivos destructivos y concierto para poseer ametralladoras y dispositivos destructivos.
Sobre los segundos cargos, el concepto de la Corte advierte que estos “acaecieron exclusivamente en el territorio colombiano”, lo que redundó en el rechazo de solicitud de extradición por estos.
En el mismo documento, desde el alto tribunal se señala que, en el caso de Libia Amanda Palacio, no se tiene conocimiento de que esté siendo procesada o que haya sido juzgada en Colombia por estos mismos delitos, por los que es requerida por la justicia del país norteamericano, pues al solicitarle a la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación, estos dos entes solo se encontró registro, en las bases de datos de la Policía, que sobre la mujer pesa una orden de captura, la misma que hace parte del expediente que estudió la Corte.
En el mismo concepto de la Corte se precisa que “si el Gobierno Nacional concede la extradición, ha de garantizar a la reclamada su permanencia en la nación requirente y el retorno a Colombia en condiciones de dignidad y respeto de ser sobreseída, absuelta, declarada no culpable o eventos similares; incluso, después de su liberación por haber cumplido la pena que le fuere impuesta”.
Presidente Petro firmó extradición de Álvaro Córdoba, pero defensa presentó recurso de apelación

Es importante recordar que el pasado 7 de septiembre el presidente Gustavo Francisco Petro Urrego firmó la orden de extradición para que Córdoba comparezca ante la corte del Distrito Sur de Nueva York, donde lo requieren por presuntamente haber ofrecido apoyo logístico para las disidencias de ‘Iván Mordisco’, que están ubicadas en el sur de Colombia, y por presunto tráfico de cocaína a los Estados Unidos.
Sin embargo, el pasado 26 de septiembre se conoció que la defensa de Córdoba presentó el recurso de apelación con la que la Defensa de Álvaro Córdoba, hermano de la senadora Piedad Córdoba, pretende detener su extradición a Estados Unidos. Este 26 de septiembre se revelaron apartes del documento que contiene 65 hojas y argumenta sus intenciones en seis premisas.
Una de las razones principales que argumenta la defensa de Córdoba es que los tres delitos que se le imputan a su cliente ocurrieron en Estados Unidos, por lo que no habría razones para enviarlo a Estados Unidos. Aunque es un buen argumento, este se cae porque ya la Corte Suprema había indicado que se efectuaría la acción solo por uno de ellos: concierto para importar, narcotráfico y desfavorable para concierto y posesión de ametralladoras y dispositivos destructivos, pues este afecta al país del norte.
También se afirma que “la Resolución del Gobierno Nacional que ordena el traslado de Córdoba, la que concede la extradición, no fue motivada en punto de la conveniencia”. Esto quiere decir que no se le ha indicado al procesado y su equipo legal cuales son las razones de conveniencia nacional que motivan su traslado.
Otro problema señalado por la defensa es que supuestamente no hay tratados entre Colombia y Estados Unidos que justifiquen la extradición en procesos como los que enfrenta Córdoba. Así las cosas, según los litigantes, esto podría dar pie para que se presentaran casos de violación de derechos humanos y falta de garantías.
“No puede conceder (el Gobierno) la extradición soportado en un Convenio Multilateral, dice que el artículo 35 de nuestra Carta Política no incluye este mecanismo como alternativa para justificar la entrega de nuestros connacionales”, se lee en el recurso de apelación.
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