
Los resultados de suspender inconstitucionalmente la Ley de Garantías no terminan. Luego de que la Corte Constitucional tumbara el artículo que permitió restar los efectos de la norma, las entidades que firmaron contratos interadministrativos debieron liquidarlos, situación que a la fecha no se habría logrado en su totalidad.
La Procuraduría General de la Nación formuló requerimientos a las alcaldías y gobernaciones para que entreguen información correspondiente a los convenios interadministrativos que hayan firmado con la Nación, así como los que se hayan celebrado con terceros.
De igual forma, reiteró a todas las entidades contratantes a nivel nacional que deben cumplir con la sentencia de la Corte Constitucional que dejó sin efectos el artículo 124 del Presupuesto General de la Nación por el cual se suspendió el término de la Ley de Garantías durante los primeros meses del año.
“La Procuraduría General de la Nación pidió a las entidades contratantes del orden nacional adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la decisión de la Corte Constitucional que dejó sin efecto el artículo 124 de la Ley 2159 de 2021, el cual autorizaba la celebración de convenios interadministrativos para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación vigencia 2022″, señaló la entidad.
La Ley de Garantías prohíbe a todas las entidades estatales la suscripción de convenios o contratos interadministrativos para ejecutar recursos públicos hasta cuatro meses antes de las elecciones. Es decir que para este año, debió entrar en vigencia a partir del 29 de enero.
Sin embargo, el presidente Iván Duque incluyó en la ley de presupuesto para este año, un artículo que suspendió su vigencia supuestamente para permitir la ejecución de los programas y recursos durante el tiempo de la recuperación económica del país tras la pandemia de covid-19.
Luego de las elecciones legislativas y antes de la primera vuelta presidencial, el pasado 5 de mayo, la Corte Constitucional tumbó el artículo y debió reactivarse su vigencia, así como se ordenó suspender parte de esos contratos exceptuando aquellos destinados a atender necesidades básicas insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable y vivienda.
Desde el Ministerio Público también se ordenó a las procuradurías regionales, distritales y provinciales vigilar de manera preventiva los convenios interadministrativos celebrados entre la nación y las entidades territoriales para que “los recursos públicos involucrados se utilicen con fines diferentes al interés general”.
Sin embargo, de acuerdo con la emisora W Radio, después de casi 6,5 billones que se habrían comprometido con este tipo de convenios identificados por la Contraloría, la decisión de la Corte Constitucional afecta a unas 10 entidades por recursos de más de 388. 841 millones de pesos.
Los contratos que se ven afectados son aquellos que no corresponden a las excepciones planteadas en el fallo de inconstitucionalidad, como los que no hayan cumplido con los requisitos establecidos por la ley, así como aquellos de los cuales se ejecutó el objeto de contratación que pasaron a ser una situación consumada.
Ministerio del Interior, Prosperidad Social, Ministerio del Deporte, EnTerritorio, Ministerio de Justicia, Corpocesar y Ministerio de Agricultura eran algunas de las entidades que más habían firmado contratos de acuerdo con la emisora, que deberán entrar a revisar su liquidación y si involucraron recursos para su devolución.
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