
Durante la mañana de este miércoles 25 de mayo se conoció que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca exoneró de responsabilidad fiscal, en primera instancia, al candidato presidencial Gustavo Petro por el déficit económico que, supuestamente, le habría causado a la empresa TransMilenio cuando bajó el precio de sus tarifas durante su período como alcalde de Bogotá.
La determinación del tribunal colombiano se da a escasos días de las elecciones presidenciales, en las que Petro lidera la intención de voto. Tras el fallo del Tribunal, que declaró nula la decisión de la Contraloría Distrital de Bogotá en 2016, el hoy aspirante no tendrá que pagar la estrafalaria multa de más de 217 mil millones de pesos por los cargos en su contra.

La victoria judicial del exalcalde de la capital colombiana se logró luego de que su abogado, el exmagistrado Julio César Ortíz, solicitó días atrás la nulidad del fallo contra Petro por disminuir el precio del pasaje de TransMilenio en horas valle.
El fallo de los magistrados de ese juzgado, Óscar Armando Dimaté Cárdenas, César Giovanni Chaparro Rincón y Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón, es del pasado 19 de mayo, pero se conoció solo hasta esta semana.
Además, el también líder de la Colombia Humana no solo se salvó de pagar los millones antes citados sino que, igualmente en primera instancia, quedó libre de indagaciones en la Procuraduría y la Contraloría por el tema del precio de los pasajes de TransMilenio.
Así lo definieron los magistrados y por eso le ordenaron a la Contraloría General de la Nación que quite el nombre de Gustavo Petro del “boletín de responsables fiscales y en el registro de inhabilidades de la Procuraduría General de la Nación o en su defecto cualquier registro donde aparezca el demandante Petro Urrego como responsable fiscal, únicamente en lo referente al proceso de responsabilidad fiscal número 170000-0002/12″.

Ahora, la Contraloría Distrital capitalina tendrá la opción de apelar la decisión. Es de recordar que en el 2016 culparon a Gustavo Petro de generar problemas patrimoniales que ascendían a los 187 mil millones de pesos por los descuentos para los ciudadanos. “Se aumentó el déficit tarifario entre la tarifa técnica y la tarifa al usuario”, señalaba la acusación del órgano fiscal, documento en el que se acusaba con vehemencia al gobierno distrital de turno de gastarse los dineros que se usarían para riesgos.
Es más, tildaron de “grave” la culpa del demandante: “(...) para la Sala es claro que la conducta gravemente culposa atribuida al demandante se ciñó a la ‘ilegalidad’ que advirtió como ‘juicio de valor’ la entidad demandada respecto del mencionado Decreto 356 de 2012, al considerar que fue ‘negligente’ al expedirlo porque no se ajustó al marco regulatorio para el ajuste de las tarifas y establecer una rebaja de tarifas generalizadas, mas no es una conducta grave que construyera negligencia o imprudencia del señor Gustavo Francisco Petro Urrego”, señala la decisión que hoy, en primera instancia, fue tumbada.
Se esperan nuevos pronunciamientos por parte de Petro y su comitiva electoral.
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