
A principios de este año el movimiento Salvación Nacional radicó ante el juez (e) 62 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá una tutela contra la Alcaldía Mayor de Bogotá, el Concejo y el diario El Espectador por “la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y participar en la conformación, ejercicio y control del poder político”, en el marco del proceso del POT.
Según los reclamantes, se había violado el derecho al debido proceso a los accionantes por parte de la alcaldía y el concejo al haber publicado “de manera defectuosa” los términos para participar del Cabildo Abierto del 23 de septiembre de 2021 y el 5 de octubre de 2021.
Este 25 de enero se conoció la decisión del juez que negó la tutela considerándola improcedente pues los accionantes cuentan con otros mecanismos de defensa idóneos.
“La tutela carece de competencia para reconocer un derecho tal y como lo exponen en la presente acción los tutelantes, quienes de considerar el insistir en la trasgresión de las garantías invocadas, bien puede proponer dicha situación ante la jurisdicción contencioso administrativa a través de la acción de nulidad reseñada, con la posibilidad de solicitar como medida cautelar la suspensión provisional los efectos del acto cuestionado”, se lee en el fallo.
Insiste el juez en que los accionantes cuentan con otros mecanismos de defensa judicial idóneos y eficaces para hacer valer sus derechos, y que no se avizora la existencia de un perjuicio irremediable que permita el amparo como mecanismo transitorio, y por eso su despacho niega el amparo solicitado.
En contra de esa decisión procede impugnación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, la cual debe ser interpuesta dentro de los tres días siguientes a la notificación del fallo. En caso de que no sea impugnada la decisión del juez pasará a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
La tutela también señalaba a El Espectador por presuntas inconsistencias en la publicación de la convocatoria a Cabildo Abierto. “De la revisión del periódico El Espectador, se da cuenta que las notas periodísticas relacionadas con la convocatoria al Cabildo Abierto para la discusión del Plan de Ordenamiento Territorial fueron publicadas el 23 de septiembre de 2021 y el 05 de octubre de 2021 respectivamente, y no, como lo afirma erróneamente el Acto Administrativo 555 de 2021 de mencionar que las publicaciones fueron hechas el 22 de septiembre y el 6 de octubre de 2021″, peleaba el movimiento.
Para los accionantes, el Concejo de Bogotá también era responsable de tal inconsistencia al publicar con una diferencia superior a los diez días entre ambas notas periodísticas en el diario capitalino:
“En ese orden de ideas se tiene, que el Concejo de Bogotá incumplió con uno de los cánones establecidos en el articulo 25 de la ley 1757 de 2015, y omitió publicar la convocatoria en un medio de amplia difusión nacional con una diferencia no menor de diez (10) días entre una y otra publicación, violando de ese modo el debido proceso y el derecho que tenían los ciudadanos de conocer con suficiente antelación el trámite del Cabildo Abierto para la discusión del POT”.
Es de anotar que el pasado 29 de diciembre de 2021, a pesar de la controversia que generó el nuevo Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, la alcaldesa Claudia López lo sancionó por decreto.
“Tras cumplir con todo el trámite legal correspondiente y ante la impostergable necesidad de actualizar el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá (POT) a criterios coherentes con la realidad de la ciudad y del planeta, la alcaldesa Claudia López, en uso de sus facultades constitucionales y legales, decretó el POT Bogotá Reverdece 2022-2035. El anterior Plan de Ordenamiento Territorial se encontraba vencido desde el 31 de diciembre de 2015″, informó la alcaldía.
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