
Esta semana, el ministro de Salud, Fernando Ruiz, firmó la resolución 777 de 2021, que deja sin validez a las demás establecidas, y en la que se fijan los parámetros que el Gobierno decretó para la reactivación económica en Colombia.
Esta nueva disposición pretende reabrir y restablecer actividades sociales, culturales, religiosas, deportivas y en otros ámbitos que tuvieron que pausarse debido a la pandemia. Uno de los sectores que más han clamado ayuda al Gobierno debido a la crisis financiera es el de las discotecas, bares y sitios similares.
Pues bien, de acuerdo al MinSalud, estos espacios, incluidos las iglesias y los estadios deportivos podrán abrir, siempre y cuando la capacidad de unidades de cuidados intensivos (UCI) sea menor del 85% en la ciudad correspondiente.
En ese sentido, por el momento, estas son algunas de las ciudades que NO PODRÁN regresar a las rumbas, las misas y cultos, y otros eventos multitudinarios debido a su preocupante capacidad UCI:
- Mocoa (Putumayo): 0%.
- Yopal (Casanare): 0%.
- Pasto (Nariño): 4,6%
- Tunja (Boyacá): 5,03%.
- Villavicencio (Meta): 5,17%.
- Bogotá: 5,27%.
- Cali (Valle del Cauca): 5,4%.
- Manizales (Caldas): 5,58%.
- Medellín (Antioquia): 6,32%.
- Cartagena (Bolívar): 6,44%.
- Bucaramanga (Santander): 6,92%.
- Ibagué (Tolima): 7,62%.
- Quibdó (Chocó): 9,38%.
- Cúcuta (Norte de Santander): 11,49%.
- San José del Guaviare (Guaviare): 12,15%.
Entre tanto, solo algunas urbes colombianas podrán regresar a la ‘nueva normalidad’ en las actividades antes mencionadas. Sin embargo, hay condiciones: el aforo, aunque subió, sigue siendo limitado, es del 25%, o del 50% si hay un significativo porcentaje de pacientes vacunados (se estima que el 70%, respectivamente). En ese sentido, las ciudades que SÍ PODRÍAN reabrir en espacios de entretenimiento y cultura son:
- Arauca (Arauca): 20%.
- Popayán (Cauca): 20,18%.
- Neiva (Huila): 21,25%.
- Santa Marta (Magdalena): 21,54%.
- Valledupar (Cesar): 21,55%.
- Pereira (Risaralda): 22,41%.
- Sincelejo (Sucre): 23,19%.
- Montería (Córdoba): 24,81%.
- Puerto Carreño (Vichada): 25%.
- Florencia (Caquetá): 30,36%.
- Armenia (Quindío): 36,76%.
- Barranquilla (Atlántico): 38,86%.
- San Andrés (Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina): 47,83%.
- Riohacha (La Guajira): 66,67%.
- Mitú (Vaupés): 66,67%.
- Inírida (Guainía): 80%.
La resolución en mención incluye tanto sector público como privado y las diferentes actividades sociales, económicas, educativas, culturales, deportivas, agropecuarias de transporte y religiosas que comprende el funcionamiento completo de la sociedad. Se presentan también dos excepciones: sector salud y penitenciario.
Criterios y condiciones
Inicialmente, el ministro explicó que serán responsables del cumplimiento todas las entidades nacionales departamentales, distritales, del sector salud, empleadores, gestores y la comunidad en general. Así mismo, está sujeta a la vigilancia de las secretarías de Salud, departamentales y distritales.
Las medidas generales incluyen:
-Uso obligatorio del tapabocas de manera permanente
-Lavado de manos frecuente para reducir el nivel de contagio
-Implementación de mecanismos de ventilación abierta o artificial para los espacios cerrados
-Protocolo de limpieza y desinfección de todos los ámbitos e infraestructuras
-Manejo de residuos
-Autocuidado y la toma de decisión responsable por parte de los ciudadanos para reducir y prevenir el contagio.
El ministro Ruiz señaló que el decreto permite, “el regreso a la actividad laboral de personas que tienen incapacidad y lo más importante, todo el tema de presencialidad en la educación media básica”, siempre y cuando se cumplan con las medidas ya conocidas de lavado de manos, uso del tapabocas y correcto manejo de residuos y de la comunicación de riesgos.
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