Uruguay registró en el último año la caída de cuatro fondos ganaderos que esfumaron el dinero de miles y miles de ahorristas, que habían confiado en un negocio promocionado como el “más seguro del país”. Los inversores habían creído en el modelo que implicaba captar capital privado para comprar ganado y, a cambio, ofrecer una rentabilidad fija. Pero cuatro empresas del rubro cayeron como en efecto dominó y dejaron aprendizajes para el regulador.
El Banco Central del Uruguay (BCU) se desmarcó de tener algún tipo de responsabilidad por estos episodios que son investigados como estafa por la Justicia. Y, ahora, como un aprendizaje de la crisis, elaboró un proyecto de ley con la intención de darle una mayor protección a los inversores.

Los casos que llevaron a la regulación
Primero fue el Grupo Larrarte el que admitió estar en quiebra. No era uno de los fondos ganaderos más conocidos de Uruguay, pero su caída fue el movimiento de la primera pieza del dominó que hizo caer al resto. El titular del grupo, Jairo Larrarte, fue imputado por delitos de estafa, apropiación indebida y liberación de cheques sin fondo. El empresario, en prisión preventiva, está acusado de montar un negocio ficticio en medio de un esquema piramidal que llegó a captar inversiones por USD 12 millones.
En orden cronológico, la segunda en problemas fue República Ganadera, en la que confiaron 1.450 inversionistas. La empresa reconoce que tenía un pasivo de USD 90 millones.
Luego llegó el turno de Conexión Ganadera, la empresa más grande del rubro que tenía 25 años de experiencia. Uno de sus directores se suicidó en un accidente de tránsito antes de que se conocieran los números rojos de la empresa. El otro está en prisión preventiva por delitos de lavado de activos y estafa. Sus esposa también fueron imputadas por estafa.
Luego se conoció públicamente un cuarto caso: Portfolio Capital comunicó a sus clientes que no está pudiendo pagar los intereses ni devolver el capital anticipadamente ante la corrida de los inversores.
La propuesta del regulador
El BCU explica que estos casos refieren a esquemas de captación masiva de ahorro pero que no se realizaban mediante la emisión de valores, sino a través de contratos individuales. Por tanto, no estaban alcanzados por la exigencias del regulador. “Eso supone la necesidad de contar en nuestro país con regulación que contemple expresamente estos casos”, admite Banco Central, en un documento en el que presenta la “reforma del perímetro regulatorio”.
El contexto generado provocó que sea necesario “reforzar las potestades de regulación y control del Banco Central del Uruguay” respecto a empresas que convocan “indiscriminadamente al público a realizar operaciones financieras”, aún sin hacerlo a través de la emisión de valores (es decir, recurriendo a la bolsa local).
¿Qué es lo que propone en concreto el BCU? Incorporar al perímetro de nuevas actividades sujetas a la regulación y control, así como la incorporación de la definición de operación financiera. Esto implica que, además de los emisores de valores de oferta pública, la regulación alcanza a todas las personas físicas, jurídicas o patrimonios de afectación que realicen “operaciones financieras convocando a la inversión o recibiendo financiamiento mediante la captación de recursos financieros aún sin emitir valores”.
De aprobarse los cambios, habrá una nueva definición legal de “operación financiera” que estará inspirada en criterios internacionales y está enfocada en detectar transacciones en las que exista una “promesa de rentabilidad futura” y que esté “gestionada por un tercero ajeno al inversor”.
Esto, en los hechos, significa que cuando una entidad haga un llamado público para invertir o recibir financiamiento para realizar una operación financiera, el BCU podrá exigirle requisitos de información o requerir que la canalización se haga mediante formas ya reguladas por la ley.
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