La Audiencia Provincial condena a una pareja de Cáceres a 42 años de cárcel por siete delitos de trata

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a un hombre y a una mujer como autores de siete delitos de trata de seres humanos para fines de explotación sexual, que se llevaban a cabo en un piso situado en el barrio de Nuevo Cáceres, donde obligaban a prostituirse a siete mujeres de origen colombiano. Por cada uno de estos delitos, se les condena a la pena de seis años de prisión, aunque estas penas de cárcel tendrán un límite máximo de 18 años.

Del mismo modo, se les impone la pena de prohibición de comunicarse con las siete testigos protegidas, así como de aproximarse a menos de 200 metros de ellas, de su domicilio, lugar de trabajo, estudio, o a cualquier otro lugar en que se encuentren, por un periodo de 10 años.

Finalmente, procede imponerles la medida de seguridad de libertad vigilada, que se ejecutará con posterioridad al cumplimiento de las penas privativas de libertad, durante 5 años, con el contenido que se determine en ejecución de sentencia.

También se les condena como responsables de un delito continuado contra los derechos de los ciudadanos extranjeros con ánimo de lucro, a la pena de diez meses de multa, con cuota diaria de seis euros, y con la consiguiente responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. En concepto de responsabilidad civil, los acusados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a cinco mujeres a la suma de 8.000 euros cada una de ellas y a 3.000 euros para otras de las dos víctimas.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge que la acusada, procedente de Colombia, fijó su residencia en Cáceres en 2023, donde mantiene una relación de pareja con el otro acusado. Desde entonces, con la finalidad de obtener beneficios económicos con la prostitución ejercida por mujeres en situación de necesidad, ambos acusados, de común y previo acuerdo se dedicaron a contactar con mujeres residentes en Colombia, la mayoría de ellas en la localidad de San Gil, de la que es natural la acusada, para que aquellas viajaran hasta España y una vez aquí se dedicaran a la citada actividad.

Cuando las mujeres aceptaban, los acusados se ocupaban de sacarles y abonar los billetes de avión, además de facilitarles, a través de terceras personas en Colombia, dinero en efectivo para poder pasar la frontera española y justificar medios de vida suficientes una vez en nuestro país, "cantidades que sus perceptoras debían devolver inmediatamente a los acusados una vez habían logrado pasar los controles fronterizos", recoge la sentencia.

LAS HACÍAN PASAR POR TURISTAS

Además, las mujeres eran previamente instruidas de lo que debían decir ante las autoridades españolas y se les exigía que borraran de sus teléfonos móviles las conversaciones que tuvieran guardadas con los acusados, así como de sus listas de contacto cualquier teléfono con prefijo de España, y "todo ello con la intención de burlar los controles policiales haciéndose pasar por turistas, cuando realmente no venían a nuestro país con dicha finalidad, infringiendo con ello lo dispuesto en la normativa vigente sobre la materia".

Una vez las mujeres habían logrado traspasar los controles fronterizos eran recogidas en el aeropuerto por los acusados, momento en el que procedían a entregar a estos el dinero en efectivo que previamente les habían facilitado. Inmediatamente eran trasladadas hasta Cáceres, donde las mujeres eran alojadas en un piso alquilado en el barrio de Nuevo Cáceres.

Ya en el piso, las sometían a una sesión fotográfica "en las que éstas posaban de manera sensual con poca ropa". Dichas fotografías eran acompañadas de textos que redactados por los acusados en los que dichas mujeres ofrecían sus servicios sexuales. Estos mensajes se publicaban en Internet para captar clientes para el ejercicio de la prostitución.

Según recoge la sentencia, las jóvenes, todas ellas con un perfil de edad entre veinte y treinta años, "eran conscientes de que venían a España para ello", pero "desconocían la totalidad de las condiciones concretas en las que lo harían, más allá de la promesa de que podrían ganar mucho dinero".

Y es que, las jóvenes "debían estar disponibles, al menos, seis días a la semana durante las veinticuatro horas, e incluso, si realizaban algún servicio durante su día de descanso, debían abonar a los acusados igualmente el porcentaje convenido. Los servicios solían tener un precio de 100 euros la hora o 50 euros la media hora.

El caso se destapó por las investigaciones realizadas por la Policía Nacional que vigiló el piso durante varios meses, así como los viajes realizados por los acusados al aeropuerto de Madrid, que coincidían con los vuelos procedentes de Colombia.

La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), dentro de los diez días siguientes a la notificación.