El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Polonia por violar los derechos de una mujer a abortar

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a Polonia por violar los derechos de una mujer a abortar en medio de la incertidumbre generada por una sentencia del Tribunal Constitucional en 2020 que prohibía la interrupción voluntaria del embarazo en caso de malformaciones fetales graves.

La legislación actual en Polonia sobre el aborto, establecida en 1993, es una de las más restrictivas de la Unión Europea y solo permite esta práctica hasta la duodécima semana de embarazo en caso de violación o incesto o de que la vida de la mujer corra peligro.

El Tribunal Constitucional de Polonia dictaminó en octubre de 2020 que el aborto por malformaciones fetales graves, como enfermedad o discapacidad, era contrario a la Constitución, una decisión que desató importantes protestas en el país europeo.

La corte europea ha determinado en su fallo que la demora entre la emisión de la sentencia del Constitucional en 2020 y su publicación en 2021 generó una incertidumbre jurídica que afectó a la demandante, que estaba embarazada de 15 semanas y que viajó a Países Bajos para someterse a un aborto en una clínica privada después de que se le detectara al feto un trastorno genético compatible con trisomía 18.

"En aquel momento no estaba claro si las restricciones ya habían entrado en vigor o si el aborto aún podía practicarse legalmente", reza el texto, que agrega que "la injerencia" del Estado polaco en la vida privada de la demandante "no se ajusta a derecho".

Por ello, el máximo órgano judicial europeo en materia de Derechos Humanos ha informado de que el Estado polaco tendrá que indemnizar a la demandante, residente en Cracovia y nacida en 1981, con 1.495 euros en daños materiales y 15.000 en concepto de daños morales.

El fallo del Constitucional de 2020 se produjo después de que un grupo de 119 diputados, encabezados por el conservador partido Ley y Justicia (PiS) presentara una demanda al entender que la legislación del aborto violaba el precepto constitucional de protección de la vida de todo individuo.