
El Tribunal Constitucional (TC) se dispone a admitir a trámite, en el Pleno previsto para la próxima semana, el recurso del Defensor del Pueblo contra tres disposiciones de la ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario que en la práctica permiten la caza del lobo, especialmente ahora que la Unión Europea (UE) ha rebajado la protección de la especie, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.
La ponencia de este asunto ha recaído en el magistrado progresista Juan Carlos Campo, que propone admitirlo a trámite para su estudio, al que contará con el aval de la mayoría de la corte de garantías, de acuerdo con las citadas fuentes.
En concreto, el recurso se dirige contra tres disposiciones: la disposición adicional octava, la disposición transitoria única y la disposición final decimonovena. El Defensor del Pueblo interpreta que las dos primeras disposiciones vulnerarían el artículo 45 de la Constitución --derecho al medioambiente-- y la tercera, el 24.1 --derecho a la tutela judicial efectiva--.
La disposición adicional octava establece que las autorizaciones excepcionales para cazar lobos --y cualquier especie depredadora con alto impacto en el sistema productivo incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE)-- podrá justificarse en "la eficiencia del sistema productivo", además de en las otras razones ya previstas en la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
En este sentido, el Defensor ha criticado entre otros detalles los términos "tan indeterminados y confusos" en los que está redactada, que "hace que no sea preciso invocar ninguna situación especial o extraordinaria (...) para entrar en juego".
La disposición transitoria única marca la salida inmediata del LESPRE de las poblaciones de lobo al sur del Duero, en caso de que se modifique su régimen de protección a nivel comunitario, algo que ya ha sucedido.
Entre otras cuestiones, el Defensor del Pueblo incide en que, para la adopción de esta disposición, las autoridades competentes españolas no podrán tomar en consideración ningún dato sobre el estado de conservación de dichas poblaciones en España, o su situación de vulnerabilidad, o eventualmente su especial papel ecológico para el equilibrio de los ecosistemas autóctonos de la península ibérica, que pueda apoyar la permanencia en el Listado.
En el caso de la disposición final decimonovena de la norma, que saca al lobo al norte del Duero del LESPRE, el Defensor del Pueblo ha cuestionado su constitucionalidad al considerar que, entre otros motivos, carece de "la mínima información técnica o científica de carácter medioambiental que respalde su adopción".
CHOQUE ENTRE LAS CCAA Y EL GOBIERNO
Aunque la protección del lobo lleva suscitando polémica desde que el Gobierno lo incluyó en 2021 en el LESPRE, los choques entre las comunidades autónomas y el Ejecutivo central se han intensificado desde que el Congreso de los Diputados aprobó en marzo la Ley de Desperdicio Alimentario y, sobre todo, en las últimas semanas por el informe sexenal de la especie que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) tiene que remitir a la Unión Europea (UE) antes de agosto.
Y es que, si bien la Ley de Desperdicio Alimentario permite en la práctica la caza del lobo, el hecho de que la especie estuviera en un estado 'desfavorable' impediría tomar medidas de gestión contra ella. De hecho, el Pleno del Constitucional iba a coincidir con el estudio de la aprobación definitiva del informe sexenal en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.
Sin embargo, esta Conferencia fue suspendida este jueves por la tarde a través de un correo electrónico en el que el secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, se remitía a la petición de desconvocatoria que le había hecho llegar a Transición Ecológica la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica. De forma paralela, esta asociación señaló a Europa Press que le han pedido al Defensor del Pueblo que pida medidas cautelares que "paralicen cualquier medida de muerte y caza de lobos en tanto no se resuelve esta cuestión".
Dado que el Defensor del Pueblo no las pidió en su recurso, presentado a principios de mes, el Constitucional no podrá acordar en estos momentos ningún tipo de medida cautelar.
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