Justicia obliga a familia de dictador Franco a devolver estatuas de catedral de Santiago

El Tribunal Supremo establece que las esculturas de Abraham e Isaac, pertenecientes al patrimonio artístico municipal, deben ser devueltas al Ayuntamiento de Santiago tras años de disputas legales

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Madrid, 19 jun (EFE).- El Tribunal Supremo español ha condenado a la familia del dictador Francisco Franco (1892-1975) a devolver al Ayuntamiento de Santiago de Compostela (Galicia, norte) las esculturas de Abraham e Isaac, procedentes del Pórtico de la Gloria de la catedral compostelana.

La Sala Civil del alto tribunal ha estimado los recursos de casación e infracción penal interpuestos por el consistorio de Santiago, cinco años después de que recurrieran al Supremo.

Las dos estatuas, inspiradas en los personajes de Abraham e Isaac del Antiguo Testamento, fueron esculpidas por el Maestre Mateo en el siglo XII para el Pórtico de la Gloria de la catedral de Santiago de Compostela, pero acabaron en el Pazo de Meirás, un palacete del que Franco se apropió, según una sentencia que obligó a los familiares del dictador a devolver ese inmueble al Estado.

Los Franco sostienen que son los legítimos propietarios de las piezas porque fueron compradas a un particular a través de un anticuario, sin que, a su juicio, el Ayuntamiento haya probado que sigue siendo el dueño.

El Consistorio se remite a un escrito ante notario del 4 de junio de 1948 por el que el Ayuntamiento compró al conde de Ximonde tres estatuas -dos de ellas, las que son objeto de este enfrentamiento- con una cláusula que establecía que las piezas debían estar siempre en el patrimonio artístico municipal por imposición del conde.

Sin embargo, el Ayuntamiento explica que en 1954 las estatuas fueron llevadas al pazo de Meirás de la familia Franco, en A Coruña(norte), como un regalo del entonces alcalde, sin acuerdo municipal alguno y de una forma "oculta, clandestina y delictiva".

Hasta la fecha, la Justicia había respaldado a los Franco en esta cuestión con dos sentencias a su favor, al considerar que las estatuas no estaban adecuadamente identificados.

Pero ahora, el Supremo da la razón al Ayuntamiento al considerar que se ha producido "un error patente en la valoración de la prueba" porque "la identificación de las estatuas reivindicadas como las que están en poder de los demandados es clara y se desprende sin lugar a duda de los documentos aportados y del informe pericial emitido sin posibilidad de duda".EFE