Declaran inconstitucional norma que impedía áreas protegidas y reservas indígenas en Perú

El Tribunal Constitucional de Perú declara inconstitucional la ordenanza municipal que excluía a Ucayali de la creación de áreas naturales protegidas y reservas indígenas, reafirmando la autoridad del Ministerio de Cultura

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Lima, 29 may (EFE).- El Tribunal Constitucional (TC) de Perú declaró inconstitucional una ordenanza municipal que excluía al territorio de la región amazónica de Ucayali de la propuesta de creación de áreas naturales protegidas y de reservas indígenas, informó el organismo este jueves en un comunicado.

La sentencia del pleno del Constitucional consideró fundada una demanda que presentó el Colegio de Sociólogos de Perú contra la ordenanza emitida en 2023 por la municipalidad provincial de Ucayali-Contamana.

La resolución remarcó que la identificación y el reconocimiento de los pueblos indígenas u originarios se realiza conforme a la ley que establece que el Ministerio de Cultura es el "ente rector" en esta materia.

Esa norma dispone que "la identificación y reconocimiento de pueblos indígenas u originarios es desarrollada por el Viceministerio de Interculturalidad, a través de sus órganos técnicos".

El TC remarcó que, para efectos de lo dispuesto en el Convenio 169 de la OIT y en la ley nacional de consulta previa, una sentencia emitida en 2018 ya señaló que la identificación y el reconocimiento de los pueblos indígenas u originarios de Perú debe ser realizado por el Poder Ejecutivo.

También señaló que aunque la ordenanza fue publicada en la página web de la municipalidad y en el portal del Estado, no apareció en el diario encargado de las publicaciones judiciales locales o en otro medio que asegure "de manera indubitable su publicidad", tal como indica la ley.

La sentencia fue emitida con los votos de la presidenta del TC, Luz Pacheco; el vicepresidente, Helder Domínguez; y los magistrados Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez, Manuel Monteagudo, César Ochoa y Pedro Hernández. EFE