
El Tribunal Constitucional de Italia ha fallado a favor de que dos mujeres puedan registrarse como progenitoras de un recién nacido en el país a través de reproducción asistida practicada legalmente en el extranjero, declarando ilegal impedir que una de ellas no pueda reconocer al menor alegando motivos biológicos.
En una sentencia histórica, la corte declara inconstitucional que una de las madres no pueda optar al reconocimiento ya que además vulnera los derechos fundamentales del menor, "que tiene derecho a una relación plena con ambos progenitores, no solo con la madre biológica", recoge la prensa italiana.
El fallo incide en que la madre no biológica no puede eludir la responsabilidad que asume cuando, junto a su pareja, elige dar a luz a través de inseminación artificial. "La paternidad ya no es sólo un hecho biológico, sino un acto de voluntad y corresponsabilidad y como tal debe ser reconocido por ley", señala.
El caso hace referencia al de dos madres de la ciudad toscana de Lucca, Glenda y Isabella, madres dos niños por reproducción asistida, uno de los cuales no puedo ser registrado con ambas como progenitoras debido a una ley que bloqueaba l reconocimiento del segundo progenitor en las parejas del mismo sexo.
Italia es uno de los pocos Estados miembros de la Unión Europea que aún no reconoce oficialmente a los progenitores del mismo sexo. También prohíbe el acceso a la adopción y a la medicina reproductiva a las parejas que no estén casadas o que no mantengan una relación registrada de larga duración.
El año pasado, el Gobierno de la primera ministra Giorgia Meloni lanzó una ley contra los vientres de alquiler que incluía desde multas de hasta un millón de euros a penas de prisión, incluso en los casos en los que el proceso se hubiera llevado a cabo legalmente en el extranjero.
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