Nuevo Reglamento de Extranjería: cambios y novedades de la reforma que entra en vigor

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El nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado por el Consejo de Ministros en noviembre del año pasado, entra en vigor este martes 20 de mayo. A través de algunas novedades, el Gobierno pretende con la reforma de la norma simplificar procedimientos y eliminar duplicidades.

El nuevo texto crea un título específico para los visados, que clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro.

También se ha extendido a un año el visado para la búsqueda de empleo, que antes era una autorización de tres meses. Este visado permite la búsqueda de empleo en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales, de forma que los 12 meses "van a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan", según explicó la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.

Por otro lado, la reforma contempla cinco modalidades de arraigo: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad. Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de tres a dos años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el primer momento.

Igualmente, según el nuevo reglamento, a partir de este martes el tiempo transcurrido como solicitante de protección internacional ya no computará como periodo válido de estancia en España para optar al arraigo. Así, una vez obtenida una resolución denegatoria y tras permanecer al menos dos años en situación irregular, será posible solicitar alguna de las figuras de arraigo.

Otra de las novedades es que los estudiantes van a poder contar con una autorización de estancia por estudios que dure el mismo tiempo que su formación, y se les va a facilitar una vía rápida para poder enlazar con una autorización de trabajo una vez acabada su formación. En este sentido, durante sus estudios estarán autorizados a trabajar un máximo de 30 horas semanales, e independientemente de la formación que estén cursando.

Con el objetivo común de la inclusión, el nuevo reglamento recoge la creación de una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años (antes 21). Además, se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían fuera, como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente que pueda acreditar una relación afectiva análoga.