
El Senado de Argentina ha rechazado este miércoles por un voto el proyecto del presidente, Javier Milei, que veta la concurrencia a las urnas de cualquier persona condenada --entre otros-- por delitos de fraude registrados el año anterior a los comicios, con el fin de impedir a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner volver a presentarse como candidata en unas futuras elecciones presidenciales.
El denominado proyecto 'ficha limpia' ha recibido el apoyo de 36 senadores, quedándose así a las puertas de su aprobación puesto que necesitaba los votos de al menos 37 del total de 72 miembros de la cámara alta para convertirse en ley.
El presidente del país latinoamericano, que firmó la iniciativa a principios de enero, se ha limitado a escribir un mensaje en su cuenta de la red social X en el que ha calificado el debate y el resultado de "lamentable", mientras que su portavoz, Manuel Adorni, ha denunciado que "la vieja política hoy tomó la decisión de permitirle a los corruptos acceder al poder para que puedan seguir robando".
Durante el debate, la senadora del opositor Partido Justicialista Juliana di Tullio ha acusado al Gobierno argentino de "proscribir a una persona inocente", aludiendo a Fernández de Kirchner, condenada a seis años de cárcel e inhabilitación perpetua por delitos de corrupción.
"Esta ley es inconstitucional y vulnera tratados internacionales. Están claudicando definitivamente el poder político a manos del Poder Judicial", ha señalado la legisladora por la provincia de Buenos Aires.
En esta línea, la formación política emitió horas antes un comunicado rechazando lo que consideró como un "intento de exclusión política contra" la exmandataria peronista y un ejemplo de la "persecución sistemática" que enfrenta desde hace "años".
"Rechazamos de forma categórica este nuevo intento de disciplinamiento, esta operación de proscripción disfrazada de moralidad institucional (...) No hay ficha limpia cuando el verdadero objetivo es ensuciar la voluntad popular", señala el texto difundido en redes sociales.
La iniciativa rechazada este miércoles incluye los delitos de "fraude en perjuicio de la Administración Pública", cohecho y tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, "negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas", enriquecimiento ilícito, encubrimiento y "todo otro delito doloso contra la Administración que conlleve enriquecimiento que sea dispuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Constitución Nacional", mientras que la condena debe ser "confirmada en segunda instancia, dictada antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral".
Un tribunal argentino condenó a Cristina Fernández en segunda instancia el pasado noviembre, si bien la sentencia aún no es firme puesto que la líder peronista presentó un recurso ante el Tribunal Supremo y aún se encuentra pendiente de resolución, agotando así la última vía para tumbarla.
La Justicia dio por probado que entre 2003 y 2015 existió una "inédita" maniobra de fraude al Estado a través del direccionamiento de la obra pública en Santa Cruz, llevada a cabo por funcionarios de distintos niveles y un único empresario de la construcción: Lázaro Báez, dueño del conglomerado de firmas vinculadas a Austral Construcciones.
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