Madrid, 30 abr (EFE).- España ha decidido prohibir que se registren en el país los nacidos por gestación subrogada en el extranjero, aunque cuenten con una resolución judicial o administrativa del Estado donde hayan nacido.
El Ministerio de Justicia de España informó este miércoles de la prohibición del registro directo de los nacidos por gestación subrogada en el extranjero, pues sólo podrán formalizar la inscripción mediante vínculo biológico o adopción.
De este modo, se acaba con la posibilidad de que se pueda inscribir a estos menores en el Registro Civil en España con una resolución judicial o administrativa de otro país que valide el procedimiento.
La decisión es acorde a un pronunciamiento del Tribunal Supremo español, que el pasado diciembre declaró nulo un contrato de menor nacido por vientre de alquiler pese a contar con una resolución judicial estadounidense que lo validaba.
El año pasado, según datos del Gobierno español, 154 menores nacidos por vientres de alquiler fueron inscritos en el Registro Civil en virtud de una resolución judicial en el extranjero.
"El objetivo es evitar que ciudadanos españoles burlen la prohibición de esta práctica en nuestro país y la practiquen en el extranjero, una reclamación histórica del movimiento feminista y de los colectivos que defienden la protección de los menores por suponer una mercantilización del cuerpo de la mujer y de sus hijos", según el ministerio.
En España, la gestación subrogada se considera nula de pleno derecho desde 2006 y, desde 2023, una forma de violencia reproductiva contra las mujeres.
El Supremo declaró que "la gestación subrogada atenta contra la integridad moral de la mujer gestante y del niño, que son tratados como cosas susceptibles de comercio", privados de la dignidad propia del ser humano, al tiempo que se impide al menor el derecho a conocer su origen biológico.
La sentencia salvaguarda derechos fundamentales de las madres gestantes y de los niños en general, que resultarían gravemente lesionados si se potenciara la práctica de la gestación subrogada comercial porque se facilitara la actuación de agencias de intermediación que aseguraban a sus potenciales clientes el reconocimiento casi automático en España.
El ministerio señala que España se alinea también con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que reconoce a los países el derecho a adoptar medidas para dificultar esta práctica cuando está prohibida en su ordenamiento interno. EFE
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