
Los ministerios de Hacienda y de Trabajo han asegurado que corregirán la reforma que registraron en el Congreso para que las personas que perciben el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) puedan deducirse 340 euros de IRPF a final de año y que esa cifra no caiga a la mitad por no haber tenido en cuenta la parte autonómica del impuesto.
La semana pasada PSOE y Sumar registraron en la Cámara Baja vía enmienda una reforma de la Ley del IRPF para permitir que los trabajadores que perciban el SMI se puedan deducir 340 euros al año. Sin embargo, desde el Registro de Economistas y Asesores Fiscales avisaron de que la reforma sólo afectaba a la parte estatal del tributo, pero no la autonómica, por lo que la deducción caería a la mitad, que son 170 euros.
En este escenario, fuentes del Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz han comentado este jueves que la idea es modificar esa enmienda para que se incluya también la parte autonómica del impuesto. Desde el Ministerio de Hacienda de la socialista María Jesús Montero ya dijeron a Europa Press que hay margen de sobra para corregir el error de la enmienda, que aún no ha empezado a tramitarse.
Para ahorrar tiempo, los dos socios registraron esa enmienda en una ley sobre seguros de vehículos a motor que está en tramitación parlamentaria, pero aún no se ha empezado a discutir en ponencia ni en comisión. Así, se espera que PSOE y Sumar firmen una nueva enmienda transaccional conjunta que tenga en cuenta la parte autonómica del impuesto y así garantizar que la deducción sea de 340 euros.
Todavía tiene que convocarse la ponencia de la Comisión de Economía encargada de debatir la ley de seguros de motor, por lo que los socios de Gobierno tienen margen para registrar la nueva redacción de la enmienda.
A PAGAR IRPF A PARTIR DEL 60% DEL SALARIO MEDIO
Lo que dice la enmienda que quieren corregir PSOE y Sumar es que las rentas que se encuentren por debajo del 60% del salario medio, que el Gobierno sitúa en los 17.256 euros al año, podrán deducirse el IRPF en la Declaración de la Renta.
La deducción será de 340 euros anuales cuando los rendimientos sean inferiores al SMI de 16.567 euros y se irá disminuyendo ligeramente hasta los 17.256 euros. En concreto, habría que restar a esos 340 euros el resultado de multiplicar por 0,5 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 16.576 euros.
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