Los auditores de UE advierten de que aún hay geobloqueo injustificado pese a ley en contra

El Tribunal de Cuentas Europeo alerta sobre la continua existencia del geobloqueo no justificado en la Unión Europea, enfatizando la necesidad de mejorar la normativa y abordar las disputas entre consumidores y comerciantes

Guardar

Bruselas, 20 ene (EFE).- El Tribunal de Cuentas Europeo advirtió este lunes de que la legislación comunitaria para reducir las limitaciones de acceso por internet a bienes y servicios en función de dónde esté el consumidor, práctica conocida como geobloqueo, no se aplica de manera uniforme en toda la Unión Europea y aún supone una forma de discriminación para los ciudadanos.

"El bloqueo geográfico no sólo constituye una fuente de insatisfacción para los consumidores sino, cuando no está justificado, una forma de discriminación contra ellos", señala el informe publicado este lunes.

El bloqueo geográfico o geobloqueo es una práctica desleal por la que las empresas impiden la compra en línea a consumidores de determinados países.

Este tipo de bloqueo se produce, por ejemplo, si un comerciante alemán restringe el acceso a su página web o aplicación a un usuario español o cuando el acceso a productos y servicios depende de la ubicación de un cliente, limitaciones que están justificadas en ciertos casos y para ciertos sectores pero que están prohibidas por la legislación europea si la justificación es inexistente.

Los auditores hallaron que, en la práctica, cuando el producto o servicio en el extranjero es adquirido por una empresa, "no está claro quién está capacitado para prestar asistencia" si hay que resolver un litigio y que, en general, los clientes y los comerciantes "no conocen suficientemente las opciones de protección de los consumidores ni son conscientes de que existen organismos locales y europeos para prestar asistencia al respecto".

"Las medidas de ejecución contra los comerciantes que infrinjan las normas difieren significativamente de unos Estados miembros a otros. No están suficientemente claras las normas que rigen la competencia jurisdiccional, y tampoco es fácil determinar cuál de los Estados miembros afectados (el del cliente o el del comerciante) debería imponer sanciones por la infracción", señala el Tribunal de Cuentas en un comunicado.

Además, dichas potenciales sanciones varían mucho entre los diferentes países, desde montos mínimos que oscilan entre 26 euros y 900.000 euros hasta máximos que van desde los entre 1.448 euros a los cinco millones de euros.

Por otro lado, los auditores creen que la próxima revisión de la directiva de geobloqueo (prevista para este año) debe plantearse las consecuencias de incluir ciertos sectores que en 2018 quedaron excluidos por ser considerados problemáticos, como los servicios de distribución cinematográfica y de vídeo, las plataformas a la carta, o los servicios de radio y televisión.

"Sería recomendable analizar los pros y los contras de una posible ampliación para comprobar si conviene ampliar el ámbito de aplicación del reglamento sobre el bloqueo geográfico", apuntan los auditores.

La Comisión acogió hoy favorablemente el informe del Tribunal de Cuentas Europeo sobre el bloqueo geográfico, que "confirma el impacto positivo de esta política y sugiere ámbitos que pueden mejorarse y estudiarse", dijo un portavoz comunitario.

Recordó que el Ejecutivo comunitario ha cooperado "intensamente" en los últimos meses con el Tribunal de Cuentas Europeo para facilitar la información de que dispone a este respecto, así como ha intercambiado puntos de vista sobre sus conclusiones, que tendrá en cuenta de cara a la próxima evaluación de la normativa comunitaria. EFE